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Santiago Maldonado: desaparición forzada

Este jueves, la Fiscalía de Esquel le solicitó al Juzgado Federal la recaratulación de la causa que ha quedado registrada como EXPTE FCR 8232/2017 “N.N. s/ desaparición forzada de personas Art. 124 ter del Código Penal”. Compartimos la información de la Fiscalía

La Fiscalía Federal de Esquel informa por este medio que se continúa investigando la  desaparición forzada de Santiago Andrés Maldonado hecho ocurrido el día 1ro de agosto del cte año en el marco de tareas realizadas por Gendarmería Nacional como asi también de otras conductas disvaliosas en perjuicio de miembros de la comunidad mapuche Lof en  Resistencia Departamento  Cushamen que ocupa el predio en conflicto territorial desde el 15 de marzo de 2015.

La gravedad del caso relativo a la desaparición de un joven en el marco de un procedimiento realizado por  una fuerza federal es que  se impulsaron medidas tendientes no solo a determinar las circunstancias concomitantes a su desaparición sino también a la atribución de responsabilidad de las personas que pudieran ser responsables de su desaparición el día 1ro de agosto del cte año. 

En este contexto, se han ordenado medidas de georreferencia tendientes a ubicar a la víctima y a cada uno de los vehículos que pertenece a la fuerza preventora. Se obtuvieron diversas declaraciones  tanto en el predio ocupado por la –distante a aproximadamente 100 km de  la sede de esta Fiscalía Federal- y testimoniales en esta dependencia.  También se han solicitado medidas irreproducibles al Juzgado Federal que, por razones de lógica investigativa no pueden ser informadas.

Se encuentran cooperando de forma coordinada diversas dependencias de la Procuración General de la Nación. En efecto, actualmente se cuenta con la activa participación del Fiscal General Felix Crous de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia  y la Dirección de Orientación a la Víctima (D.O.Vic.),  que ha iniciado su intervención de asistencia a los familiares de Santiago Andrés Maldonado.

En el marco de esta causa, los familiares, como víctimas, se han constituído como parte querellante, han sido informados en forma personal y a través de sus asesores letrados sobre las diligencias impulsadas.

Corresponde destacar que, la mediatización de datos sensibles como la publicidad de las medidas dispuestas motivó que este Ministerio Público Fiscal solicitara al Juez Federal de Esquel ordenara, en esta causa, el  secreto del sumario, lo que fue concedido mediante resolución fundada el 14 de agosto del cte año toda vez que las circunstancias señaladas por esta parte se circunscribían al presupuesto previsto en el artículo 204 del Código Procesal Penal de la Nación.

Dicha medida si bien limita a las partes a tener acceso a la tarea investigativa tiene como principal objetivo minimizar cualquier riesgo que pudiera ocasionar la publicidad de la misma, tanto en su producción como en su resultado.

Por último, sin perjuicio de ser la hipótesis delictiva inicial de la causa, se solicitó al Juzgado Federal la recaratulación de la causa que ha quedado registrada como EXPTE FCR 8232/2017 “N.N. s/ desaparición forzada de personas Art. 124 ter del Código Penal”.

Fiscalía Federal de Esquel, 24 de agosto de 2017

 

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