Red Eco Alternativo ***

Consagración de la impunidad

Para los organismos de derechos humanos que forman parte de Justicia Ya! Buenos Aires este es el objetivo de la profundización de ciertas políticas por parte del Estado nacional respecto al juzgamiento de delitos de lesa humanidad, como la fragmentación de las causas, los larguísimos tiempos de instrucción y el otorgamiento de beneficios a represores ya condenados.

Para Justicia Ya Buenos Aires, este otorgamiento de enormes beneficios no les corresponden a los represores condenados por la calidad de los delitos cometidos, beneficios además de los que no goza la mayoría de los presos comunes: “son delitos de Genocidio, es decir que ofenden y afectan a toda la humanidad: es el ‘crimen de crímenes’. Por ese motivo los responsables deben ser juzgados tomando en cuenta esta característica que los define, ya que son infinitamente más graves que los delitos cometidos por cualquier persona individual. Sin embargo la fragmentación de las causas y los larguísimos tiempos de instrucción de las mismas llevan a que numerosos represores no hayan sido aún llevados a juicio. Y obviamente, habiendo pasado más de 40 años desde la instauración de la dictadura, es evidente que lo que hace años venimos presagiando respecto a la ‘impunidad biológica’ se va cumpliendo cada vez más: muchos genocidas mueren impunes y en libertad, antes de ser juzgados”.

Como ejemplo de esta situación, Justicia Ya menciona el fallo dictado hace pocos días por la Cámara Federal de Casación, que le otorga el beneficio de prisión domiciliaria al represor Jorge Osvaldo Steding, condenado a 17 años de cárcel por el secuestro ilegal, las torturas y la muerte en 1976 del diputado Mario Abel Amaya: “Las razones aducidas por el Tribunal, desconociendo los informes médicos que indicaban que el condenado no sufría ninguna patología de gravedad, fueron de ‘índole humanitaria’, tan sólo por haber llegado a la edad de 70 años. Es decir, Steding sólo estuvo preso  3 años”.

En este sentido, Justicia Ya señala que el caso de Steding no es una excepción, ya que hay más de 550 represores, entre procesados con prisión preventiva y condenados, que gozan de prisión domiciliaria: “la mitad de los represores acusados hasta el momento que siguen con vida, muchísimos de ellos ya condenados, se encuentran en sus casas. Mientras tanto, el paso del tiempo también alcanza a las víctimas y a sus familiares, y muchos de ellos mueren sin que los responsables de estos atroces crímenes sean juzgados y condenados. O deben convivir con la posibilidad de encontrarse en alguna circunstancia cotidiana con sus torturadores o con los asesinos de sus familiares y compañeros, con el riesgo físico y emocional que esto conlleva. Ya que las prisiones domiciliarias son en muchas oportunidades violadas”.

Los organismos explican que más allá del innegable valor simbólico que tienen los juicios en cuanto a la construcción de memoria histórica, la condena real y de cumplimiento efectivo en cárceles comunes sin beneficios especiales para los represores es una responsabilidad del Estado y debe garantizarla: “No son acusados comunes, formaron parte del aparato del Estado y cometieron gravísimos crímenes que deben ser considerados con la especificidad que les cabe. De no ser así, este mismo Estado avala y garantiza la continuidad de la impunidad de la que gozaron los genocidas desde la dictadura”.

 

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