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Jujuy: Comenzó el juicio por la desaparición de Juan Ángel Robles

El 16 de septiembre dio inicio el séptimo juicio por delitos de lesa humanidad en Jujuy, en el Juzgado Oral Federal de esa provincia, con modalidad virtual y presencial, en el que se busca justicia por la desaparición forzada de Juan Ángel Robles durante la última dictadura cívico militar. Compartimos la crónica realizada por Emilse Mascareño y Virginia Garay para H.I.J.O.S. Jujuy.

El proceso está a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, compuesto por los jueces Alejandra Cataldi, Diego Mateucci, Marta Snopek y Federico Díaz. En representación del Ministerio Público Fiscal participan el fiscal federal Federico Zurueta y la auxiliar Marina Cura.

Recordamos que este juicio busca justicia por la desaparición forzada de Juan Ángel Robles, que tuvo lugar durante la última dictadura militar en nuestro país. Robles fue detenido en dos ocasiones, su primera detención ocurrió el 27 de abril de 1976 en los Tribunales de Jujuy, a cargo de personal policial, en cumplimiento de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Durante tres días fue encarcelado en el Comando Radioeléctrico de la policía provincial, mientras su domicilio fue allanado dos veces. Posteriormente, fue trasladado a la Unidad Penitenciaria N°1, donde permaneció hasta que fue liberado el 24 de enero de 1977.

Poco tiempo después, Robles fue nuevamente arrestado en la localidad de Libertador General San Martín, bajo una acusación de defraudación. Tras estar detenido en la comisaría local, fue trasladado nuevamente a la penitenciaría en Villa Gorriti, desde el 12 de julio de 1977 no se supo más de él. Robles había sido visto por última vez en la sección de seguridad externa de ese centro carcelario, donde su liberación nunca se concretó, a pesar de que una resolución judicial ya había ordenado su libertad por falta de mérito. Actualmente se encuentra en condición de detenido desaparecido.

El principal acusado en este juicio es el ex comisario Gerardo Cardozo, a quien se le atribuye responsabilidad en el allanamiento ilegal del domicilio de Juan Ángel Robles y su familia, ocurrido durante la segunda detención de Robles, ubicado en calle Eva Perón N°1093 mientras Juan Ángel robles se encontraba detenido en el marco de su segundo arresto ilegal, estando presentes durante dicho allanamiento en el citado domicilio Juan Ángel Robles, hijo, María Mercedes Rivero y Liliana Robles.

CARDOZO BUSCA DESPLAZAR LA CULPA A OTRO COMISARIO
En la jornada de audiencia, Cardozo prestó declaración indagatoria sin juramento de decir la verdad, comenzó indicando que ingresó a la policía en el año 1967 y estuvo de servicio en diferentes dependencias policiales con grado de subayudante y luego, en la comisaría Cuerpo Brigada como secretario sumariante. En el año 1975 se encontraba cumpliendo funciones en la Brigada de Investigaciones, con el comisario inspector Neire Bruno Horichea como jefe quien le asignó el caso de Juan Ángel Robles acusado de usurpación de títulos y honores.

Aseguró que recordaba a Juan Ángel Robles, su primer arresto en diciembre de 1975 y que el mismo ingresó en horas de la mañana y luego fue liberado por la tarde. Liberación, pero negó contundentemente su participación en los allanamientos.

Para abordar el tema de los allanamientos, Cardozo comienza señalando su avanzada edad y lo dificultoso que le resulta recordar con precisión los hechos de aquella época, artilugios propios de todos los genocidas cuando declaran para tapar su culpabilidad. Sin embargo, más adelante ofrece una descripción detallada de los hechos. Explicó que, en 1977 se encontraba prestando servicio en la Comisaría Seccional Primera, bajo el mando del comisario Julián Arias. Durante su turno se responsabilizaba de todas las denuncias que ingresaban, ya fueran en la dependencia policial, desde otras comisarías o del tribunal.

En esa ocasión, la denuncia relacionada con Juan Ángel Robles, denunciado por estafa por Alejandra Ruíz de Suárez, fue radicada en la Brigada de Investigaciones, recibida por el comisario mayor Montaño y el secretario Gómez. La denuncia fue luego elevada al Departamento Judicial y la comisaría Seccional Primera, designando al acusado como secretario sumariante en la causa, cuyo juez de instrucción era el doctor Roberto Bambi.

A pesar de que dijo tener una memoria frágil no escatimó en remarcar que a Robles mientras estuvo detenido se le dio comida y se le permitió ver a su abogado y familiares, pues bien sabe este represor que esas condiciones no existían para lxs presxs políticxs. Cardozo sostiene que cumplió con entregar el expediente y poner al detenido a disposición del tribunal del doctor Roberto Bamdi, siendo derivado al departamento judicial, donde considera que finalizó su responsabilidad en el caso y que desconoce lo que pasó después, desentendiéndose de los hechos.

Respecto al suboficial Hugo Echeñique (f), Cardozo negó haberlo conocido o trabajado con él entre 1976 y 1977. Asegura que solo comenzó a identificarlo cuando estaba por pasar a retiro, pero insistió en que jamás trabajaron juntos. Otra estrategia trillada que usan los imputados en estos juicios, negar que conocieron a otros represores que fueron beneficiados con el punto final biológico. Recordemos que Echeñique si no hubiese fallecido sería, junto a Cardozo, otro de los imputados en este juicio.

Luego explicó los rangos dentro de la comisaría para enfatizar que él era un policía raso y sobre todo para desligarse de la responsabilidad de que fue uno de los que allanó el domicilio de Robles.

Ahora bien, otra artimaña conocida en estos juicios y usada hasta el cansancio por los represores imputados consiste en desplazar las culpas a otro, por lo que el imputado durante su declaración, afirmó que en la Brigada de Investigaciones donde él trabajaba en la época de los hechos había un comisario de apellido Cardozo. «Prestaba servicios en la sección de leyes especiales y se llamaba Juan Armando Cardozo», precisó, del que brindó descripciones como que era un hombre con bigote que solía vestir de saco y corbata.

El acusado solicitó que se incorpore al juicio este otro comisario, aportando como prueba el legajo que, según declaró, tiene en su poder. Además, Cardozo se defendió de las acusaciones, aduciendo que las descripciones físicas que se hicieron en los testimonios no coinciden con él. «En esa época tenía 28 años y no tengo ni tenía una cicatriz en la cara», aseguró, confesó que se tiñe el cabello de color negro pero que su color natural es castaño claro, queriendo lograr la falsa idea de que lo están confundiendo con otra persona.

Cardozo reiteró su inocencia, afirmando que «siempre actuó con rectitud» y, sobre este punto llama la atención, que enfatizó exigírselo a su personal en la dependencia que él manejaba. Así, el imputado se contradice, ya que a lo largo de la audiencia insiste en haber tenido un bajo rango, sin poder de decisión, pero en este punto asegura haber tenido gente a su cargo.

Con respecto al legajo que la defensa busca incorporar, la fiscalía solicitó que se corroboré con la policía debido a que el imputado afirmó tener en su poder el legajo policial de ese otro comisario, cosa que no tendría que ser. Al mismo tiempo, al negarse a responder preguntas no fue posible aclarar ésta circunstancia, por lo que es preciso investigar cómo es posible que el acusado tenga dicho documento.

Ante esto, la defensa respondió que lo que tiene el señor Cardozo no es el legajo original, sino una copia del informe que remitió la policía y que se había expresado mal. Aclara que cuando el imputado mencionó la existencia de un comisario en esa época, ellos insistieron en que las constancias del caso no reflejaban la existencia de otro Cardozo, por lo que oficiaron y accedieron a una copia enviada por la policía.

Para aclarar ésta situación se decidió pasar a un cuarto intermedio y la próxima audiencia quedó programada para el 23 de septiembre con horario a confirmar.

 

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