Red Eco Alternativo ***

Más derechos, menos castigo

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Este año la Cámara de Diputados de la Nación deberá tratar el proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil que fue aprobado por el Senado en 2009, que tiene como objeto modificar la edad de punibilidad –de encarcelamiento o prisionalización- de los Niños/as y Adolescentes de 16 a 14 años. Con el objeto de continuar generando conciencia sobre la gravedad que dicha decisión implica, fue publicado el libro “Estado e Infancia. Más derechos, menos castigo”, bajo el sello de la Editorial de la Universidad Nacional del Comahue.

(Nota con AUDIOS)
(Analia Rodriguez - Red Eco) – Argentina - La idea del libro surgió hace un año cuando en la sede de Neuquén de dicha universidad se desarrolló la Jornada "Diez motivos para no bajar la edad de punibilidad". El libro de reciente edición se trata de una obra colectiva que incluye trabajos de abogados, jueces y periodistas, integrantes del Observatorio de Adolescentes y Jóvenes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC).
Acerca del libro, en una entrevista realizada en el programa Al Oeste de FM en Tránsito, Claudia Cesaroni, autora de uno de los aportes e integrante del CEPOC, manifestó que la idea era editar un libro que tenga elementos serios sobre este debate y argumentos accesibles para defender la postura que se opone a la baja en la edad de punibilidad.
Los argumentos a favor del proyecto de Ley que debería tratarse este año en la Cámara de Diputados del Congreso indican que como hay adolescentes de 14 o 15 años que hoy por hoy están privados de su libertad y son no punibles, para brindarles garantías constitucionales debe establecerse un régimen penal juvenil desde los 14 años. A esto Cesaroni manifiesta: “Nosotros decimos que ese es un argumento perverso porque para que un ciudadano tenga garantías hay que someterlo a un proceso penal, quiere decir que un pibe de 13 queda sin garantías constitucionales y eso no es cierto. Lo que estamos planteando solamente es desde qué edad una persona es introducida en un proceso penal para abordar un hecho que comete o en el que esta involucrado”.
Por otro lado, las estadísticas existentes permiten detectar la falacia en que se cae cuando se habla de los delitos cometidos por menores. De acuerdo a los datos de la Procuración General de la Suprema Corte bonaerense, en los primeros seis meses de 2010 hubo 1362 homicidios en la Provincia. Sólo 98 de ellos fueron cometidos por chicos, esto representa 7,2% de los crímenes. De estos casos, 9 fueron cometidos en ocasión de robo y 4 criminis causa -para ocultar otro delito-. Es decir que los homicidios protagonizados por chicos menores de 18 años, en el marco de un delito representan aproximadamente el 1% del total ocurridos durante el primer semestre de 2010 en la provincia de Buenos Aires.
A su vez, según una investigación de Unicef, la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, y la Universidad Nacional de 3 de Febrero, sobre un total de 1800 adolescentes menores de 18 años privados de libertad por causas penales en el país, un 17% son no punibles, es decir menores de 16 años: 300 adolescentes. Ahora bien, cuando se analizan los delitos que se les imputan a aquellos 1800 adolescentes privados de libertad, los datos indican que un 15% está imputado de homicidio (incluyendo la tentativa de homicidio, es decir, los casos en que no se produjo el resultado muerte): 270 casos. Si aplicáramos la proporción entre punibles y no punibles, tendríamos que, de esos 270 casos, solo 46 (el 17% de 270) corresponderían a adolescentes de entre 14 y 15 años. Pero esa cifra es más baja aún si tomamos la cifra del total de homicidios dolosos que se cometen al año en nuestro país: unos 2000. De esa cantidad, en unos 200 participan menores de 18 años. Y de esos doscientos, según declaraciones del director regional de Unicef para América Latina y el Caribe, Nils Kastberg, en solo 15 casos participan menores de 16 años.
Lo anterior no implica, sin embargo, que no existan casos de delitos violentos en los que participen adolescentes pero lo que debe analizarse en esos casos es que ese niño es víctima de una situación no querida. Cesaroni agrega: “Un niño o un joven que a los 14, 15 años está involucrado en un hecho de violencia seguramente que previamente ha sufrido una serie obligaciones no cumplidas por el Estado. El Estado no cumple una serie de obligaciones que tiene con sus niños que están establecidas y que en nuestro país tienen jerarquía constitucional. Entonces, primero tenemos que cumplir como sociedad y como Estado todas nuestras obligaciones que tenemos con estos niños y jóvenes”.
El proyecto aprobado por los Senadores, recibió, en septiembre de 2010, un dictamen de mayoría en la Comisión de Legislación Penal de Diputados que estableció la responsabilidad sólo para los mayores de 16, y que no “podrá ser juzgado por el sistema penal general”, ni tampoco “podrán atribuírsele las consecuencias previstas para las personas mayores” de 18 años. Ahora debe ser tratado en la Cámara y, si es aprobado por esta, deberá ser devuelto a Senadores para su revisión.
Fuentes: CEPOC
Foto: Olmo Calvo Rodriguez / SUB


Descargar: Entrevista a Claudia Cesaroni del Centro de Estudios en Politica Criminal y Derechos Humanos. Programa Al Oeste - FM En Tránsito -
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El argumento "perverso" para bajar la edad de punibilidad

Sobre estado del proyecto de ley de baja de punibilidad
 

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