
Jubilaciones dignas, gobierne quien gobierne
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- Categoría: Trabajadores
- Publicado: Miércoles 19 de Febrero de 2020

El ajuste de los haberes previsionales anunciado por el gobierno incrementa la mínima por encima de lo que hubiese correspondido según la fórmula de movilidad, pero significa una pérdida para el resto de la escala. Por este motivo el defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, anunció que se presentará ante la Justicia por considerarlo inconstitucional. Además, la Mesa Coordinadora expresó que no es Solidaridad Social para enfrentar la crisis que jubilados financien a jubilados cuando los beneficios de la Seguridad Social son de responsabilidad exclusiva del Estado.
(Mesa Coordinadora/Red Eco) Argentina - La resolución arbitraria por decreto del Poder Ejecutivo para el aumento de marzo, otorgado según la ley denominada de Solidaridad Social y Emergencia Productiva, es un nuevo ajuste a las jubilaciones superiores a 16.200 pesos.
Se reemplaza así el 11,56% de aumento en marzo que correspondía por ley 27.426, suspendida por 180 días, por un incremento porcentual más una suma fija de 1.500 pesos; esto determina que los incrementos serán descendentes entre 12,96% para la mínima y 3,75% para la máxima.
Si bien las jubilaciones mínimas reciben un incremento de casi el 13%, pasando de 14.068 pesos a 15.891, con relación al 11,56% suspendido, son 197 pesos mensuales adicionales, o sea ¡6,48 pesos más por día! cuando la canasta básica de un adulto mayor es de 40.000 pesos.
La realidad es un ajuste de 8.400 millones de pesos en el próximo trimestre, sobre los porcentajes que hubiese correspondido aplicar a todos los haberes jubilatorios, en momentos del arribo a nuestro país la delegación del FMI para asegurar el pago de esa ilegítima y fraudulenta deuda externa y la aplicación de medidas tendientes a una reforma previsional, laboral y tributaria.
Las jubilaciones y pensiones no son subsidios; son obtenidos, en todas sus escalas, con el cumplimiento de la edad, años de aportes y requisitos establecidos en las leyes previsionales vigentes.
Una Solidaridad Social para enfrentar la crisis no es entre quienes reciben mayor o menor jubilación, mayor o menor salario, y que los fondos jubilatorios financien incrementos en AUH, Pensiones no Contributivas y beneficios de la Seguridad Social que son de responsabilidad exclusiva del Estado. Una Solidaridad Social para enfrentar la crisis debe provenir de quienes la provocaron, con impuestos y retenciones a los grandes grupos económicos, bancarios, financieros dominantes de la economía, a esos millonarios que se enriquecieron y se siguen enriqueciendo.
La lucha continúa por jubilaciones y pensiones dignas, en un verdadero sistema previsional público, de reparto, asistido, intergeneracional para las presentes y futuras generaciones, gobierne quien gobierne
Amparo contra la actualización jubilatoria
El defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, anunció este lunes en conferencia de prensa que se presentará ante la Justicia por considerar que es “inconstitucional” la medida de suspender la movilidad jubilatoria tomada por el macrismo. Este anuncio fue luego de conocerse el ajuste que regirá desde marzo para los que cobran la mínima y el resto de los haberes.
La presentación será luego del feriado de carnavales del próximo lunes y martes. Semino detalló que el primer paso será presentar el recurso de inconstitucionalidad. Pero además la Defensoría de la Tercera edad abrió este lunes una “actuación colectiva” para que adhieran los jubilados que quieran acompañar esa presentación. A la misma ya se presentaron más de 2 mil reclamos. Todos aquellos que quieran ser parte de la misma pueden acercarse a firmar en la sede de la Defensoría, ubicada en Avenida Belgrano 673, de 9 a 17, en la Ciudad de Buenos Aires.
Uno de los argumentos de inconstitucionalidad planteado por Semino es que al suspenderse la ley “no quedan suspendidos sus efectos que son derechos adquiridos de los jubilados”.
Por otra parte, recordó que Argentina forma parte de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores y dicha convención en su artículo 26 dice que “los Estados tratantes se comprometen a la no regresividad de los derechos de las personas mayores”.
Cuestionó además la segmentación de los aumentos porque afirma que “la movilidad parte de una garantía constitucional que está establecida en el artículo 14 bis, sobre lo que son las actualizaciones de los beneficios de la seguridad social”.
"Lo que planteamos es una medida cautelar para que se pague a todos por igual los índices fijados , respetando a aquellos cuyos haberes mínimos tiene una pequeña mejora", dijo Semino.