Ley antiterrorista
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ACTA DE INMIGRACION Y NACIONALIDAD

 La ley de inmigración define en su Sección 212 quiénes son las "personas inadmisibles" por su relación con actividades terroristas, qué se considera actividad terrorista y organización terrorista:
Sección 212 de la Inmigration & Nacionality Act

Terrorista

Cualquier  persona que:

(I) Ha estado relacionada con actividades terroristas

(II) Un Oficial del Consulado o Abogado General tiene conocimiento o fundamentos razonables para creer que esta relacionado con cualquier actividad terrorista o que podría incurrir en una después de entrar en los Estados Unidos

(III) Incitó alguna actividad terrorista.

(IV) es un representante de:

a) Una organización terrorista extranjera, designada por la Secretaria de Estado bajo la sección 219.

 b) Un grupo político, social o similar del cual los Estados Unidos han - en su esfuerzo por reducir o eliminar el terrorismo- determinado y hecho de conocimiento público sus actos terroristas

 (V) Un miembro de una organización extranjera designada por la Secretaria de Estado como terrorista, o es inadmisible. Una persona que es oficial, representante o vocero de la Organización Palestina de Liberación, es para los propósitos de este acta, incurrente en actividad terrorista  

 (VI) Ha utilizado la posición prominente de extranjero dentro de cualquier país para llevar a cabo o financiar actividades  terroristas, o para persuadir a otros para financiar actividades terroristas o un actividad terrorista, bajo la definición de la secretaria de Estado determina dentro de los esfuerzos de Estados Unidos para reducir y eliminar las actividades terroristas, o:

 (VII) Es el esposo/a o hijo/a de un extranjero que es "inadmisible" bajo esta sección, si la actividad que causó su inadmisibilidad ocurrió dentro de los últimos 5 anos.

Actividad Terrorista

Cualquier actividad que es ilegal bajo las leyes del lugar donde es cometida (o las que, si han sido cometidas en Estados Unidos, serian ilegales bajo las leyes de Estados Unidos o cualquier estado) y que se relaciona con cualquiera de los siguientes (hechos):

(I) El secuestro o sabotaje de cualquier transporte.

(II) Secuestrar o detener, tratar de matar, injuriar, o continuar deteniendo, a otro individuo para obligar a una tercera persona (incluyendo a una organización gubernamental) a hacer o abstenerse de hacer cualquier acto bajo la condición explícita o implícita de liberar al individuo secuestrado o detenido

(III) Un ataque violento sobre una persona protegida internacionalmente, o un ataque sobre la libertad de esa persona

(IV) Un asesinato

(V) El uso de cualquier:

(a) Agente biológico, químico, o arma o aparato nuclear o:

(b) explosivos, armas de fuego u otro aparato peligroso o arma, con el intento de poner en peligro directa o indirectamente la seguridad de uno o más individuos o de causar danos sustanciales a la propiedad.

(VI) Un trato, intento o conspiración para hacer cualquiera de los anteriores hechos.

Organización Terrorista

El termino "organización terrorista" incluye una organización:

(I) designada bajo la Sección 219

(II) designada de otra manera, bajo la publicación del Registro federal, bajo la Secretaria de Estado en consulta con o bajo el requerimiento del abogado general, como una organización terrorista, después de encontrar que esa organización incurre en las actividades descriptas en los puntos (I), (II), o (III) de  Relación con la Actividad Terrorista, o que la organización provee material o bienes para otra organización que incurre en actividades terrorista; o

(III)  Es un grupo de dos o mas personas, organizadas o no, que incurren en las actividades descriptas en Relación con la Actividad Terrorista

Sección 219

La Secretaría (de Estado) está autorizada para designar una organización como terrorista en acuerdo con está subsección, si la Secretaría averigua que:

(A) La organización es una organización extranjera;

(B) La organización incurre en actividades terroristas y

(C) La actividad terrorista de la organización atenta contra la seguridad nacional de los Estados Unidos

Siete  días antes de hacer una designación, la Secretaría debe notificar de la misma al Presidente a los representantes Senado y de DIputados a través de con carta escrita y aportando los elementos que la han llevado a tomar esa decisión. Siete días después debe publicarla en el Registro Federal. La designación como "organización terrorista" quedará sin efecto si un acta del Congreso reprueba la misma.

Relación con la Actividad Terrorista

Para el uso de este acta, el término "relación (o incurrencia) con la actividad terrorista" significa, tanto desde lo individual como en la condición de miembros de una organización:

(I)Cometer o incentivar a cometer, bajo circunstancias que indican una intención de causar muerte o serios danos físicos, una actividad terrorista.

(II) preparar un plan o actividad terrorista;

(III) recoger información de blancos potenciales de actividades terroristas;

(IV) solicitar fondos o otras cosas de valor para financiar:
a) una actividad terrorista;
b) una organización terrorista, definida en este acta (ver definición Organización Terrorista), o
c) una organización terrorista definida en este acta, a menos que quien solicita los fondos pueda demostrar que el no sabía. Y es razonable que no haya sabido que esa solicitud era para la actividad terrorista organizada

(V) solicitar a cualquier individuo:

a) que se relacione o incurra en algunas de las conductas definidas en este capitulo
b) que se haga miembro de una organización terrorista, definida en este acta (ver definición Organización Terrorista),
c)  que se haga miembro de una organización terrorista, a menos que quien solicita pueda demostrar que no tenia conocimiento..

(VI) que cometa un acto que esta persona sabe, o es razonable que supiera, produce ayuda material, transporte, comunicación, fondos, transferencia de fondos u otro beneficio financiero - material, documentos falsos o identificaciones falsas, armas, explosivos, o entrenamiento:

a) para cometer actos terroristas;
b) para cualquier individuos que la persona sabe o debería saber que cometió o planeó cometer actividades terroristas

c)  para una organización terrorista o
d) para una organización terrorista, a menos que pueda demostrar o es razonable que no tuviera conocimiento

Representante

El término "representante" incluye a un representante o vocero de la organización, y a cualquier persona que dirige, comanda o induce una organización o a sus miembros para incurrir en actividades terroristas.