La medida se lleva adelante desde las 22 horas del martes 27 de marzo, en el marco de un plan de lucha en defensa del salario y las fuentes laborales amenazadas por provocaciones empresarias, como es el caso de Cargill, la mayor agroexportadora del país, que despidió a 44 personas.
Nucleados en la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina, los aceiteros consideran que las cesantías tienen como único objetivo disciplinarlos.
A esta situación se suma la negativa por parte de CARBIO (Cámara Argentina de Biocombustibles) y CIARA (Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina) de negociar un bono en diciembre de 2017, y mantener esta posición inflexible a pesar de la realización varias audiencias paritarias.
“No les alcanza con rebajarnos nuestros salarios con una oferta que no garantiza el salario mínimo vital y móvil, sino que pretenden derogar derechos modificando condiciones que hacen a nuestra vida adentro de las fábricas. Pretenden que aceptemos un 15% de aumento y entreguemos condiciones de trabajo de nuestro convenio. Insisten en querer discriminar los salarios de acuerdo a la empresa en que se trabaje, su capacidad de molienda y su ubicación geográfica. Buscan fragmentar y dividir el colectivo en trabajadores de primera, de segunda y de tercera. Pretenden manejar nuestra jornada de acuerdo a sus necesidades, sacándonos los adicionales por trabajar en turno y disponiendo de nuestro tiempo libre”, afirman desde la Federación.
Los trabajadores aseguran que en los últimos años las empresas agroexportadoras se vieron favorecidas, que sus ganancias han crecido con cada devaluación del dólar y con la reducción de las retenciones a las exportaciones: “Sólo esto les ha incrementado sus ganancias en más de 10 mil millones de pesos, suficiente para cubrir el aumento que ofrecen sin poner un peso. Siendo las grandes ganadoras del modelo económico desde hace muchos años, no tienen vergüenza de decir que quieren bajar lo que llaman ‘costo laboral’”.
En respuesta, la Comisión Directiva de la Federación reitera su defensa del Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo: “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”.
Así como inician un plan de lucha con un cese de actividades para reclamar por sus salarios, sus derechos y condiciones laborales, y por la defensa de sus compañeros despedidos.