Regreso de la Doctrina Chocobar: Nuevo protocolo para las Fuerzas Federales de Seguridad

Lo anunció esta semana en conferencia de prensa la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich. Se trata de un reglamento general para el empleo de las armas por parte de los miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad. Para organismos de derechos humanos, como el CELS, “el gobierno nacional otra vez promueve la violencia institucional y avala escenarios de impunidad”.

“Las fuerzas estaban muy desorientadas respecto al uso de su armamento, por eso estamos anunciando un reglamento general para uso del armamento por parte de las fuerzas y esto se da cuando existe un peligro inminente”, expresó en la conferencia Patricia Bullrich, y aclaró que se derogará toda disposición del Ministerio o de las propias fuerzas que se contradigan con la nueva resolución.

La nueva normativa prevé que las armas podrán ser utilizadas en situaciones de peligro inminente de muerte del propio agente o de ciudadanos frente a un ataque, para impedir la comisión de un delito cuando es particularmente grave, cuando un delincuente ponga resistencia a la autoridad o para impedir que se fugue.

En el artículo 2 de la norma se establece que los agentes podrán abrir fuego “en defensa propia o de otras personas, cuando hubiere peligro inminente de muerte o de lesiones graves”; “para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas o ponga en peligro, de cualquier modo, la vida de otras personas”; “para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, o para ayudar a efectuarla”.

También se habilita disparar “para impedir la fuga de quien represente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, y hasta lograr su detención”; y “para mantener la seguridad y el orden en los establecimientos de detención cuando corra peligro la integridad física o la vida de las personas que se encontraren bajo custodia o detenidas o de quienes tienen a su cargo su seguridad”.

Aunque según el nuevo protocolo, los agentes "deberán siempre identificarse como tales, dando la voz de alta", durante la conferencia la ministra aclaró que habrá excepciones: “ "Hay momentos en que si el agente se da a conocer pone en riesgo su vida o la de terceros. Y ese agente está rodeado por un grupo de narcotraficantes, de asesinos, criminales, y da la voz de alto, en el momento que está rodeado puede dar a conocer su posición y en esa posición los delincuentes saben de dónde sale la voz de alto y matan al agente (…) (es una excepción que) "está en todos los reglamentos de armas del mundo”. Esta habilitación para no identificarse también estará permitida cuando "exista una desventaja numérica o táctica, agregó Bullrich.

Desde la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI), repudiaron inmediatamente este nuevo protocolo al asegurar que lo que se busca es legalizar el gatillo fácil y garantizar la impunidad para los policías. Explican además que con esta resolución vigente, la enorme mayoría de los casos de gatillo fácil en los que se ha conseguido una condena hubiesen quedado impunes.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) también expresó su rechazo al reglamento de uso de armas: “La resolución del Ministerio de Seguridad amplía las situaciones en las que la policía puede usar sus armas, otorga más discrecionalidad a su intervención y busca evitar los controles judiciales en los casos de uso de la fuerza letal. El proyecto de Ley Ómnibus enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación contenía un apartado que buscaba darle marco legal a acciones de las fuerzas de seguridad que en la actualidad son consideradas como irracionales y excesivas. Luego del fracaso de esa iniciativa, el Ministerio de Seguridad pretende, por medio de una resolución, dar carta abierta a los policías para usar la fuerza letal y desplazar al Poder Judicial en su función de investigación y juzgamiento sobre los usos de la violencia por parte del personal de las fuerzas de seguridad”.

Señalan que a través de la Resolución 125/2024 el Ministerio de Seguridad reedita en términos generales el reglamento de uso de armas que había establecido en 2018, durante la gestión presidencial de Mauricio Macri, y que daba lugar a la llamada “doctrina Chocobar”: “Al igual que el anterior, este reglamento amplía las situaciones en las que podrían usarlas, otorga más discrecionalidad a la intervención policial y busca evitar los controles judiciales en los casos de uso de la fuerza letal. Si bien el texto cita estándares internacionales incorporados en nuestra normativa, no los cumple. Las directivas propuestas pasan por alto principios básicos como el de excepcionalidad y proporcionalidad. A modo de ejemplo, bajo este nuevo marco legal, los controles vehiculares, las persecuciones callejeras o cualquier intento de robo en la vía pública se convierten en escenarios en los que las fuerzas de seguridad federales podrían responder con el uso de la fuerza letal, aun cuando en la situación de amenaza no hubiera armas de fuego. La ministra de Seguridad trae nuevamente a la escena el caso Chocobar, pero este hecho justamente evidencia la relevancia de una investigación judicial que interprete la normativa y los estándares de uso de la fuerza según cada situación. En este caso, mientras que las autoridades de gobierno de aquel entonces defendieron la intervención policial, la investigación judicial resolvió que el policía había actuado de manera abusiva”.

Desde el CELS agregan que otro aspecto preocupante es que podría habilitar el uso de armas letales dentro de las cárceles por parte del Servicio Penitenciario Federal en situaciones mal definidas en el reglamento: “La ley de Ejecución Penal es clara en relación con este punto: el personal que está en contacto directo con las personas detenidas no puede portar armas letales. Todos los funcionarios deben rendir cuenta de sus acciones, mucho más cuando portan un arma que les da el Estado. No existe ninguna justificación para intentar limitar o eliminar el control judicial de la actuación policial o penitenciaria. Los efectivos van a quedar aún más expuestos y no se habrá ganado nada en términos de mayor seguridad”.

Imagen: Comisión Provincial por la Memoria.

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